Desde Agencia Domus hacemos hincapié a nuestras candidatas en la importancia de fomentar y establecer una relación con la familia basada en la confianza, honestidad y duradera en el tiempo.
Disponemos de empleadas del hogar profesionales que cuentan con varios años de experiencia en tareas domésticas y con excelentes referencias de trabajos anteriores.
Cada familia tiene unas necesidades y prioridades que deben llevar a cabo. Os recomendamos que las labores a desempeñar sean detalladas desde el inicio para el buen funcionamiento y armonía del hogar.
Las más comunes son: limpieza y aseo de las diferentes estancias (dormitorios, baño, cocina, salón, etc.), lavado y planchado de prendas textiles, limpieza y mantenimiento de las zonas exteriores como terraza o zona de piscina si la hubiese.
En muchas ocasiones, también se requiere llevar y recoger los niños al colegio, encargarse de la compra, cocinar, estar al cuidado de cualquier miembro de la familia o cuidar de mascotas, entre otras tareas.
¿Cuál será la jornada laboral de la empleada del hogar?
El trabajo que desempeñan se engloba en el Régimen Especial de la Seguridad Social para empleados del hogar. Puede ser externo o interno.
¿Qué derechos tiene una empleada del hogar externa?
- Alta en la Seguridad Social
- Contrato de trabajo
- Pagas extras: Dos pagas extras al año (en junio y en diciembre) o dos medias pagas (en junio y en diciembre). En este último caso, el salario mensual se verá ligeramente incrementado.
- 30 días de vacaciones al año.
En régimen externo (la empleada NO pernocta en el domicilio): el horario se fijará previamente según las necesidades del cliente: jornada completa (8 horas diarias), media jornada (4 horas diarias), o por horas (la cantidad de horas y en horario que requiera cada familia).
¿Qué derechos tiene una empleada del hogar interna?
- Alta en la Seguridad Social
- Contrato de trabajo
- Pagas extras: Dos pagas extras al año (en junio y en diciembre) o dos medias pagas (en junio y en diciembre). En este último caso, el salario mensual se verá ligeramente incrementado.
- 30 días de vacaciones al año.
- Dos horas diarias de descanso para las comidas principales: desayuno, comida y cena.
- Descanso de 36 horas seguidas. No pernocta en el domicilio. Normalmente suelen acordarse como días libres el sábado por la tarde y el domingo completo. Si la familia lo requiere, se pueden fijar otros días libres.
- Manutención y alojamiento
El régimen interno (la empleada pernocta en el domicilio): la Ley vigente determina que la jornada laboral será de 8 horas permitiendo ampliar a 4 horas de presencia diarias en la que la permanecerá en el domicilio y la carga de trabajo debe ser sensiblemente inferior.
Desde Agencia Domus recomendamos que debido al horario tan extenso que representa el régimen interno, fomentar que la empleada del hogar tenga una jornada de trabajo razonable favorecerá la permanencia, la estabilidad y la tranquilidad familiar.