En Agencia Domus disponemos de cuidadoras que llevan muchos años trabajando a lado de personas mayores que requieren de ayuda para sí mismos y para realizar las tareas domésticas diarias. Nos aseguramos que cumplan el perfil adecuado mostrando paciencia, empatía, respeto y honestidad.
¿Cuáles son las labores de una cuidadora?
La principal tarea de una cuidadora de personas mayores es la de llevar a cabo todos los cuidados y necesidades diarias que la persona requiera:ir a pasear, al médico, comprar, cocinar, limpieza del hogar entre otras.
¿Cuál será la jornada laboral de una cuidadora de personas mayores?
El trabajo que desempeñan las cuidadoras de personas mayores se engloba en el Regimen Especial de la Seguridad Social para empleados del hogar. Puede ser externo o interno.
Qué derechos tiene una cuidadora externa?
El trabajo que desempeñan las cuidadoras de personas mayores se engloba en el Regimen Especial de la Seguridad Social para empleados del hogar:
- Alta en la Seguridad Social
- Contrato de trabajo
- Pagas extras: Dos pagas extras al año (en junio y en diciembre) o dos medias pagas (en junio y en diciembre). En este último caso, el salario mensual se verá ligeramente incrementado.
- 30 días de vacaciones al año.
En régimen interno (la cuidadora NO pernocta en el domicilio).Los horarios más comunes son: jornada completa (8 horas diarias), media jornada (4 horas diarias) o por horas (la cantidad de horas y en el horario que requiera cada familia).
¿Qué derechos tiene una cuidadora interna?
- Alta en la Seguridad Social
- Contrato de trabajo
- Pagas extras: Dos pagas extras al año (en junio y en diciembre) o dos medias pagas (en junio y en diciembre). En este último caso, el salario mensual se verá ligeramente incrementado.
- 30 días de vacaciones al año.
- Dos horas diarias de descanso para las comidas principales: desayuno, comida y cena.
- Descanso de 36 horas seguidas. No pernocta en el domicilio. Normalmente suelen acordarse como dias libres el sábado por la tarde y el domingo completo. Si la familia lo requiere, se pueden fijar otros días libres.
- Manutención y alojamiento
En régimen interno (la cuidadora pernocta en el domicilio): la Ley vigente determina que la jornada laboral será de 8 horas permitiendo ampliar a 4 horas de presencia diarias en la que la permanecerá en el domicilio y la carga de trabajo debe ser sensiblemente inferior.
Desde Agencia Domus recomendamos que debido al horario tan extenso que representa el régimen interno, fomentar que la empleada del hogar tenga una jornada de trabajo razonable favorecerá la permanencia, la estabilidad y la tranquilidad familiar.