Preguntas frecuentes
Todo lo que necesitas saber sobre el servicio doméstico
¿Hay un periodo de prueba del servicio doméstico?
Sí, siempre y cuando se pacte entre el cliente (empleador) y la empleada, podrá establecerse en el contrato un periodo de prueba de dos meses periodo en el que cualquiera de las dos partes podrá extinguir la relación laboral. Si se pacta preaviso, éste no puede ser superior a siete días naturales (quince días si el contrato es verbal).
¿Qué ocurre si se rescinde el contrato entre empleador y empleada por cualquier causa?
Ofrecemos una garantía de sustitución de seis meses en la que seleccionaremos a otra persona con el perfil solicitado lo antes posible para cubrir su puesto, realizando los procesos de selección que fueran necesarios SIN NINGÚN COSTE ADICIONAL.
¿Debe trabajar la empleada del hogar y la cuidadora los días festivos?
No, ni la empleada del hogar ni la cuidadora deben trabajar los días festivos. Tienen derecho al disfrute de estos igual que el resto de los trabajadores, serán 14 días festivos al año.
Si por necesidades familiares se requiere que trabaje, previo pacto con la empleada, puede trabajar un día festivo acordando si la compensación será económica o con descanso durante otro día que no sea festivo.
¿Cómo se gestiona el contrato entre el cliente y la empleada seleccionada?
La empleada está contratada y asegurada por el cliente, en régimen de empleados del hogar. En este caso, el empleador (cliente) debe ser una persona física. Nosotros nos encargamos de realizar todos los trámites laborales necesarios incluidos en nuestros honorarios de agencia.
¿Es de obligado cumplimiento el alta en la Seguridad Social?
Si, el alta en la Seguridad Social es obligatoria desde el primer día de trabajo. En el periodo de prueba la empleada de hogar debe estar asegurada independientemente de la duración del mismo. En el siguiente enlace se muestran las cuotas mensuales de la Seguridad Social correspondientes válidas hasta el 31 de diciembre 2022: >> Cotizacion SS empleadas de hogar 2022 <<
¿Cuál es el salario de las empleadas del hogar y cuidadoras?
EL SMI (salario mínimo interprofesional) que establece la legislación vigente del 2022 es de 13.510 € brutos al año o lo que es lo mismo, 965 € brutos/mes (por 14 pagas anuales). Es posible acordar entre empleador y empleada, el salario por 13 o 12 pagas anuales, por lo que el salario mensual se verá ligeramente incrementado.
Desde Agencia Domus os asesoramos del salario conveniente en función de la experiencia y aptitudes de la candidata, así como de las condiciones particulares de cada hogar.
Cuota a la Seguridad Social
La cuota de la Seguridad Social deberá ser abonada mensualmente el empleador a través de recibo domiciliado.
Para más información detallada, haz click en el siguiente enlace: >> Cotizacion SS empleadas de hogar 2022 <<